Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales
Mediante la R.J. Nº 010-2016-ANA se aprobó el «Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales», que estandariza los criterios y procedimientos técnicos para desarrollar el monitoreo de la calidad de los recursos hídricos tanto continentales (ríos, quebradas, lagos, lagunas, entre otras) como marino – costeros (bahías, playas, estuarios, manglares, entre otros). Este protocolo es de uso obligatorio a nivel nacional.
En el marco del Decreto Supremo Nº 002-2013-MINAM se aprobó la “Guía para el Muestreo de Suelos” que establece especificaciones para:
Determinar la existencia de contaminación en el suelo, determinar la dimensión (extensión horizontal y vertical) de la contaminación, determinar las concentraciones de nivel de fondo, y/o determinar si las acciones de remediación lograron reducir la concentración de los contaminantes en el suelo, de acuerdo a las metas planteadas.